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martes, septiembre 18, 2007

Ayudas para Alquiler

Uyy, ¡¡que bien nos viene!!
(esto lo he leido en elmundo.es)

Los jóvenes recibirán ayudas de 210 euros al mes para alquiler y 600 más para la fianza

Zapatero y Chacón han avanzado dos iniciativas del próximo plan de acceso a la vivienda que se presetnará íntegramente en octubre, el que será uno de los proyectos estrella del gobierno para ganar las elecciones de marzo.

A partir del 1 de enero de 2008 el Ministerio de Vivienda concederá ayudas de 210 euros al mes a jóvenes de entre 22 a 30 años -con una duración máxima de 48 meses- a los que sumará una ayuda de 600 euros para la fianza y un aval equivalente a seis meses de renta.

Los jóvenes que soliciten estas ayudas deberán llevar al menos cuatro años viviendo en España y estar ocupados. Estas ayudas las podrán pedir aquellos menores de 30 años que ya estén alquilando.

Además, Chacón ha prometido equiparar el alquiler a la compra de vivienda en las deducciones del IRPF para aquéllos que no ganen más de 22.000 euros al año.

Estas medidas supondrán un gasto de 436 millones de euros al año. Además, el Estado dejará de ingresar 348 millones de euros en concepto de IRPF.

sábado, junio 02, 2007

Fianzas abusivas para contratos de alquiler

Opiniones vertidas en Internet sobre los avales bancarios y fianzas de alquiler de más de 2 meses:

Yo soy propietaria de un piso que he alquilado y a la vez vivo de alquiler por lo que Creo que mi opinión es bastante objetiva: los avales bancarios son totalmente abusivos. Si un propietario quiere garantías puede contratar un seguro de alquiler, alquilarlo a través de la comunidad o el ayuntamiento, incluir una claúsula de arbitraje, pero si usted no quiere cumplir con sus obligaciones tributarias o no quiere gastarse un duro es mejor que el inquilino, además de pagarle un alquiler desmesurado, corra con los gastos. Un aval bancario tiene unos gastos de gestión de hasta 300 euros anuales ¿no debería pagarlos el propietario que es el único que se beneficia? ¿sabían que si el propietario no cumple con sus obligaciones y el inquilino deja de pagarle automáticamente se puede cobrar el aval?por favor, sres propietarios, al menos reconozcan que esto es la ley del más fuerte.

Y aquí otra:

No hay fianzas abusivas, porque la ley lo especifica asi. No obstante, hay que encontrar un punto medio en el que arrendador y arrendatario se encuentren, y hoy en dia el Aval Bancario no es ese punto medio: Si se solicita un aval bancario de 6000 euros, en la mayoría de las ocasiónes el banco pignora esa cantidad al arrendatario, cobrandole comisiones por ello (es decir, encima de retener esa cantidad, te cobra por ello) .

Yo creo que existen otras opciónes más validas (seguro de alquiler, una cantidad de dinero adicional como garantía, , ) que posiblemente sean más equitativas.



Y una más

"el seguro es una posibilidad. pero también es cierto que hay posibilidades de regular bien el aval para equilibrar un poco las cosas, porque en la actualidad el aval se exige en unas condiciones claramente abusivas para el inquilino. primero por el coste que supone: repartiendo por meses el gasto inicial de formalización del aval y los gastos trimestrales, y sumando los intereses que el inquilino deja de percibir por la cantidad que deposita en aval, la broma puede salir bastante cara, y eso si no tiene que pedirlo prestado. segundo porque se exige con frecuencia un aval incondicional (o aval a primer requerimiento), es decir, que el propietario puede retirar ese dinero del banco cuando quiera sin tener que justificar ningún incumplimiento por parte del inquilino. más que un aval es un cheque al portador en manos del propietario, quedando el inquilino expuesto al abuso. por eso creo que la ley podría establecer un aval-tipo para el arrendamiento de vivienda con unas condiciones más equilibradas: fijando un importe razonable y unas condiciones justas y objetivas para poder ejecutar el aval, básicamente la comprobación por el banco de la falta de pago de la mensualidad."

el ivima infla los datos

Leo en Internet lo siguiente:

"La Comunidad de Madrid --a través del Instituto de la Vivienda de Madrid (IVIMA)-- inició en 2006 la promoción de 10.145 viviendas protegidas en ocho municipios de la región, lo que supone un incremento del 460% con respecto a los 2.173 pisos puestos en marcha en 2005. Estos pisos, sumados a los 4.873 en fase de construcción, suman un parque de aproximadamente 15.000 viviendas protegidas promovidas directamente por la Comunidad. Todas estas viviendas protegidas son en régimen de alquiler o alquiler con opción a compra del Plan Joven."

"El IVIMA puso en marcha en 2006 la promoción de un total de 10.145 viviendas protegidas de las cuales 5.201 están distribuidas entre los municipios de Alcorcón (1.096), Aranjuez (400), Colmenar Viejo (310), Majadahonda (910), Móstoles (1361), San Sebastián de los Reyes (561) y Tres Cantos (563), mientras que 4.944 se encuentran en diferentes barrios de Madrid capital como Ahijones (2.257), Berrocales (1.308), Canillas (115) Fuencarral (40), Valdebebas (732), Vallecas (236) y La Ventilla (256).

Luego leo en idealista.com la siguiente fuente

el país, viernes 1 jun 07 |
los datos de la memoria del instituto de la vivienda de madrid (ivima) correspondientes al año 2006 son ciertamente optimistas. según el instituto público, inició la promoción de 10.145 pisos con un incremento del 466% respecto a los 2.173 puestos en marcha en 2005. un porcentaje asombroso tras el que se esconde una realidad no tan halagüeña. el 53% de esas viviendas consideradas como "iniciadas" durante el pasado no solo no se han iniciado sino que ni siquiera se han urbanizado los terrenos donde deben construirse. la mayoría no se podrán entregar antes del 2012


¿cual es la verdad de todo esto? ¿hay datos fiables y concretos sobre las viviendas iniciadas?
¿quien manipula a quien?

viernes, abril 27, 2007

El aval bancario

Mayo de 2007

Introducimos el texto "aval bancario" en Google. La primera entrada que nos aparece es esta:
http://www.arturosoria.com/rentbuy/art/aval_bancario.asp


Entramos entonces en un estupendo artículo sobre los avales bancarios aplicados al alquiler de viviendas, realizado por Gema Plaza Mesas (directora del Departamento de Arrendamientos de la empresa inmobiliaria Rent & Buy).

Es una particular descripción del uso del aval bancario visto desde el punto de vista de alguien que desea alquilar una casa.

Os dejo aquí la introducción,

Juan llevaba tiempo buscando piso, después de mucho mirar por fin vio uno que le gustaba muchísimo. Al hablar con los propietarios de las condiciones, éstos le solicitaron un AVAL BANCARIO, de un año.

Juan se llevó una sorpresa, no entendía muy bien a lo que se referían con un aval bancario. Fue a su banco y les explicó que el propietario quería un aval bancario de un año. En el banco le dijeron, que para ello debería depositar la renta de un año en el banco y que le cobrarían una serie de intereses.

Juan, se quedó estupefacto: - si el piso que estoy alquilando es de 900 €, eso significa que debo dejar 10.800 €, retenidos en el banco, además de las comisiones- pensó.

No entendía que los propietarios no se hubiesen interesado en sus informes, simplemente le hubiesen pedido un aval bancario. Finalmente Juan buscó otra vivienda.

y os remito a la dirección de arriba para disfrutar del contenido completo.