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viernes, abril 27, 2007

El aval bancario

Mayo de 2007

Introducimos el texto "aval bancario" en Google. La primera entrada que nos aparece es esta:
http://www.arturosoria.com/rentbuy/art/aval_bancario.asp


Entramos entonces en un estupendo artículo sobre los avales bancarios aplicados al alquiler de viviendas, realizado por Gema Plaza Mesas (directora del Departamento de Arrendamientos de la empresa inmobiliaria Rent & Buy).

Es una particular descripción del uso del aval bancario visto desde el punto de vista de alguien que desea alquilar una casa.

Os dejo aquí la introducción,

Juan llevaba tiempo buscando piso, después de mucho mirar por fin vio uno que le gustaba muchísimo. Al hablar con los propietarios de las condiciones, éstos le solicitaron un AVAL BANCARIO, de un año.

Juan se llevó una sorpresa, no entendía muy bien a lo que se referían con un aval bancario. Fue a su banco y les explicó que el propietario quería un aval bancario de un año. En el banco le dijeron, que para ello debería depositar la renta de un año en el banco y que le cobrarían una serie de intereses.

Juan, se quedó estupefacto: - si el piso que estoy alquilando es de 900 €, eso significa que debo dejar 10.800 €, retenidos en el banco, además de las comisiones- pensó.

No entendía que los propietarios no se hubiesen interesado en sus informes, simplemente le hubiesen pedido un aval bancario. Finalmente Juan buscó otra vivienda.

y os remito a la dirección de arriba para disfrutar del contenido completo.

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